Legislación médica en Ecuador
A inicios del anterior siglo emergieron las primeras reflexiones legales sobre problemáticas relacionadas con las actuaciones del médico, si bien el tema era escasamente tratado. Hoy en día, en cambio, el tema prolifera en las legislaciones europeas donde se teoriza por extenso sobre aspectos de Derecho Médico
En primer lugar, debemos establecer qué entendemos por legislación, un término propio del derecho más que de los médicos. El Diccionario de la Real Academia Española define al término como el ‘conjunto o cuerpo de leyes por las cuales se gobierna un Estado, o una materia determinada’
Comprendido esto, podemos inferir que el actuar de los profesionales de la medicina en el Ecuador se regula mediante un conjunto de leyes
No obstante, y aquí ya se apreciar el primer problema de nuestra legislación, este conjunto no está sistematizado ni unificado. Las leyes están dispersas en el universo vastísimo de disposiciones legales existentes y regulan diferentes aspectos de la práctica médica.
Existe otro aspecto que muestra la debilidad de esta normativa: la deficiente técnica legislativa que se utiliza en su elaboración. Sabemos que los funcionarios encargados de elaborarla (los asambleístas) no tienen, en su gran mayoría, formación para ello, situación que parece extenderse a los funcionarios que deben traducir los resultados del debate legislativo en disposiciones expresas. Pensemos, no obstante, que les asisten buenas intenciones, pero estas, claro, no bastan para llevar a término la difícil tarea de elaborar leyes.
Por eso, resulta vital prevenir este problema y evitar así los costos políticos, sociales y económicos que podrían originar. No se puede comprender entonces que, pese a lo expuesto, el entorno de los estudios jurídicos haya mostrado una mínima preocupación por la construcción académica y praxis en los temas legislativos sobre este ámbito.
Existe un tercer problema: los vaivenes políticos que conllevan la construcción de una legislación simbólica, esto es, una legislación que no mira a la sociedad en su conjunto, sino a la clase o gremio que se pretende favorecer. Esto genera un detrimento de la seguridad jurídica de grupos profesionales o personas. Es imperioso también que los redactores de leyes dispongan de conocimientos específicos de la materia de regulación, pues está en sus manos dar o limitar derechos de los médicos.
La legislación médica en Ecuador se fundamenta en la Constitución y en cuerpos legales que se encuentran disgregados en un océano de disposiciones legales. Este carácter genera inseguridad jurídica al médico que cumple una tarea por demás delicada, si bien su único fin, regularmente –con base en la naturaleza ética de su práctica– consiste en buscar la sanación. Considerando esta fragmentación legislativa, este contorno indefinido que corresponde al actuar médico, se necesita de manera urgente apunta a configurar un Derecho Médico que establezca los lineamientos o el sendero por donde debe transitar la actuación del médico, y donde el galeno conozca hasta dónde puede actuar jurídicamente. Esta tarea compleja debe ser abordada con decisión primordialmente por la clase médica en función de su seguridad jurídica.